Se prohíbe a Gas Natural la emisión de facturas de consumo con una demora igual o superior a un año.

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Un juzgado de lo Mercantil de La Coruña, en una sentencia todavía no firme, ha considerado abusiva e ilícita la emisión de facturas de consumo de gas con una demora igual o superior al año, calificando, en consecuencia, de improcedente la inclusión en un fichero de solvencia patrimonial y la interrupción del suministro a los clientes que se encontraren en dicha circunstancia. El juez también insta a que el fallo se haga llegar al Ministerio de Industria y Energía, de cara a “imponer a la empresa demandada sanciones de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013 del sector eléctrico” [Kirian Riquelme Saldivia].

Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y la Sentencia

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