Género y mediación familiar en Cuba: posibilidades y análisis a la luz del ordenamiento español

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Autoras: Dra. Carolina Sanchis Crespo, Profesora de Derecho procesal de la Universidad de Valencia; y Lisandra Suárez Fernández, Profesora de la Universidad de Matanzas, Cuba.
Correo electrónico: carolina.sanchis@uv.es
 
Resumen: La mediación es una ADR que no está regulada propiamente en el ordenamiento jurídico cubano. En España es una herramienta usada cada vez más desde el año 2012, fecha de la Ley española de mediación. Es obvio que el género juega un papel en todos los campos legales, sin embargo, la mediación ha sido excluida del campo de la violencia de género en España. Y la pregunta es: puede la mediación ser una buena elección en los casos de violencia de género? Y puede ser respondida desde ambos puntos de vista, cubano y español, pues en ambos se trata de una cuestión de lege ferenda.
 
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Sumario:
I. Introducción.
II. Violencia de género y desigualdad.
1. La familia como punto de partida.
2. Cuestiones cardinales.
A) Violencia de género y violencia contra la mujer. Asociaciones terminológicas.
B) Violencia doméstica, violencia familiar y violencia de pareja. Distinciones necesarias.
III. Mediación y familia.
1. La mediación como una ADR desde la perspectiva española.
2. Criterios en relación a la mediación familiar en casos de violencia de género.
3. Análisis del ordenamiento jurídico español: fronteras y nexos con el Derecho Penal. IV. Cuba: pasado, presente y futuro de la mediación familiar. V. Reflexión final y propuestas de lege ferenda.
 
Referencia: Revista Boliviana de Derecho, e-ISSN: 2070-8157, núm. 24, julio 2017, págs. 320-349.
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