Mediación penal y violencia en el marco de una relación de afectividad, una asignatura pendiente

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Autora: Raquel Borges Blázquez. FPI adscrita al proyecto DER 2015-70568-R en el Departamento de Derecho Administrativo y Procesal de la Universidad de Valencia.

Resumen: El tradicional proceso penal no es capaz de dar respuesta a la violencia en el hogar debido a que sus víctimas tienen una característica que no se da en las víctimas del resto de delitos: la relación de afectividad. La mediación es una fórmula de resolución de conflictos en auge y es por ello que debemos preguntarnos, ¿es recomendable la mediación en estos supuestos de violencia?

Sumario:
Introducción.
Las víctimas de violencia en el marco de una relación de afectividad.
III. La posibilidad de una mediación penal. especial referencia a las víctimas de violencia de género.
En contra de la mediación penal.
A favor de la mediación penal.
Una apuesta por la mediación penal.

Referencia: Revista Boliviana de Derecho, ISSN: 2070-8157, 2018, núm. 26, pp. 488-499.

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