Jurisprudencia: Fundamentación de la denegación de un visado de residencia sin finalidad laboral.

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STS (Sala 3ª) de 29 septiembre 2017, rec. nº 2499/2016
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[Extranjería. Visado de residencia sin finalidad laboral. Denegación por la Embajada de España. La Administración ha de precisar los hechos en los que basa su conclusión de que el solicitante constituye un riesgo en materia de seguridad. Posibilidad de una motivación in aliunde, mediante la remisión a informes o documentos obrantes en el expediente en los que puedan encontrarse las razones de la decisión que se adopta, pero en este caso la Administración se remitió a un lacónico informe que no contenía ningún dato o especificación sobre los hechos o razones que justificasen la apreciación de un riesgo en materia de seguridad a efectos de la denegación del visado] [A.O.G].
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