Jurisprudencia: Renovación por razones humanitarias de autorización de residencia por reagrupación familiar.

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STSJ de Murcia (Sala de lo Contencioso, Sección 1) de 17 de febrero de 2017, rec. nº 165/2016
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[Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar. Reagrupante con permiso de larga duración y con vive con la esposa. Sin embargo no cuenta con los medios económicos de la unidad familiar en la cuantía vigente del IPREM exigidos legalmente. Si bien en la renovación de la autorización se debe cumplir, entre otros, el requisito de suficientes medios económicos, la cuantía puede ser minorada por razones humanitarias cuando se dan circunstancias excepcionales acreditadas que lo aconsejen. La unidad familiar vive en una vivienda arrendada en la que se encuentran empadronados, que ha sido informada por el Ayuntamiento como adecuada para atender las necesidades del reagrupante y su familia; el matrimonio tiene cuatro hijos que nacieron en España y dos de ellos se encuentran escolarizados] [A.O.G.].
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