Jurisprudencia TEDH: se constata que el espacio personal limitado, agravado por las deficientes condiciones de salubridad e higiene, viola el artículo 3 del Convenio (prohibición de trato degradante e inhumano).

0
183

TEDH
STEDH, de 10 de marzo de 2015, rec. nº 14097/12, 45135/12, 73712/12, 34001/13, 44055/13, 64586/13, Caso de Varga y otros c. Hungría.

Accede al documento

Supuesto de hecho: Este caso se refiere al hacinamiento generalizado en los centros de detención húngaros. Los demandantes presentaron quejas de sus condiciones de detención, alegando que eran inhumanas y degradantes y que no existía un recurso efectivo en la legislación húngara para poder denunciarlas.

Fallo: El TDEH consideró que había habido una violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio, en concreto, que el limitado espacio personal disponible para los detenidos, agudizado por la falta de privacidad al usar el lavabo, inadecuación de condiciones para descansar, la invasión de insectos, deficiente ventilación y las limitaciones en las duchas o el tiempo de permanencia fuera de sus celdas, habían dado lugar a un trato degradante. Asimismo, consideró que, también se había violado el artículo 13 (derecho a un recurso efectivo), en relación con el artículo 3 del Convenio, ya que verificó que los recursos internos establecidos en la legislación húngara, resultaban inútiles en la práctica. Por último, el Tribunal declaró, en virtud del artículo 46 de la Convención (fuerza obligatoria y ejecución de las sentencias), que las autoridades húngaras debían establecer de forma inmediata instrumentos que garantizasen la reparación de manera eficaz de las violaciones de la Convención debidas al hacinamiento en las cárceles. [Núria López Ferrer].

print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here