Normas generales de redacción

Normas generales para la presentación de trabajos

El Instituto de Derecho Iberoamericano publica en la revista “Actualidad Jurídica Iberoamericana” trabajos originales sobre temas de actualidad y relevancia en el ámbito del Derecho Privado del ámbito latinoamericano, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, auxiliada por los responsables de las diversas secciones del Instituto y con el sistema de revisión por pares.

Ha de tratarse de trabajos en lengua española, portuguesa, italiana o francesa, a los que se acompañará un resumen y relación de palabras claves, traducidas al inglés.

Respecto a sus características formales: se usará el tipo de letra Garamond 13; no se utilizarán tabuladores; no se admite el empleo de cursivas, debiéndose entrecomillar las palabras que se quieran destacar o la reproducción literal de frases legales o extraídas de fallos jurisprudenciales.

Cada autor deberá indicar su nombre completo, cargo principal, institución a la que pertenece y dirección de correo electrónico.

En la revista de publicarán dos modalidades de trabajos:

 

A) ARTÍCULOS BREVES.

Se trata de trabajos sobre temas muy concretos, bien estructurados, redactados de manera clara y sistemática y cuya extensión ha de estar entre las 5 y 20 páginas (a un espacio).

Irán precedidos de un sumario, en el que usarán números arábigos consecutivos para separar bloques temáticos o cuestiones diversas. A lo largo del texto no se usarán epígrafes, sino el número correspondiente a los mismos.

Dada la agilidad que se quiere imprimir a los trabajos, no se utilizarán notas a pie de página. Si fuera necesario referirse a algún autor, la cita deberá integrarse en texto, con arreglo al sistema, que se explica en el apartado B).

 

B) ESTUDIOS

Se trata de trabajos más amplios, entre 15 y 30 páginas (a un espacio).

Se utilizarán tres niveles de epígrafes: uno principal, escrito en versales y negritas, que deberá iniciarse con números romanos; uno secundario, escrito en negritas (no en versales), que deberá iniciarse con número arábigo; y uno terciario, escrito en negritas (no en versales), que deberá iniciarse con una letra mayúscula seguida de paréntesis.

Los epígrafes se refundirán en un Sumario, que deberá adjuntarse al inicio del trabajo, después del resumen y palabras clave.

Se utilizarán notas a pie de página para citas y razonamientos complementarios o subsidiarios. En ellas se usará letra Garamond 11.

El sistema de citas será el siguiente:

a) Libros: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), título de la obra (en cursiva), editorial, ciudad, año de publicación y número de página (con el uso de la inicial “p.” o “pp.”; por lo tanto, no se usa las iniciales “pág.” o “págs.”). Ejemplo: García Martínez, J.: El matrimonio en el Derecho Comparado, Civitas, Madrid, 2008, p. 678.

La segunda vez: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), las dos primeras palabras significativas (entrecomilladas) del título del capítulo (no el título completo, que sólo se cita la primera vez),  cit., número de página. Ejemplo: García Martínez, J.: El matrimonio, cit., p. 8.

b) Capítulos de libros: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), coma, inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), título del capítulo (entrecomillado; por lo tanto, no en cursiva), en AA.VV., título de la obra (en cursiva), nombre en su caso del director o coordinador (entre paréntesis), editorial, ciudad, año de publicación y número de página (con el uso de la inicial “p.” o “pp.”; por lo tanto, no se usa las iniciales “pág.” o “págs.”). Ejemplo: Martínez Vázquez, J.: “Los requisitos del matrimonio en el Derecho Español”, en AA.VV.: Derecho Matrimonial (coord. por A.  Campos Alegre), Thomson-Aranzadi, Madrid, 2008, pp. 4-34.

La segunda vez: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), las dos primeras palabras significativas (entrecomilladas) del título del capítulo (no el título completo, que sólo se cita la primera vez),  cit., número de página.  Ejemplo: Martínez Vázquez, J.: “Los requisitos”, cit., p. 244.

c)  Artículos en revistas científicas: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), coma, inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), título del artículo (entrecomillado), nombre de la revista (en cursiva), año, volumen o número en el que se halla (con el uso de expresiones “vol.” o “núm.”), y número de página (con el uso de la inicial “p.” o “pp.”; por lo tanto, no se usan las iniciales “pág.” o “págs.”). Ejemplo: Medina Casas, H. M.: “Las partes en el arbitraje CIADI”, International Law, Revista Colombiana de Derecho Internacional, 2009, núm. 15º, pp. 219-220.

La segunda vez: Apellidos (mayúsculas sólo las primeras letras, el resto versalitas), coma, inicial del nombre del autor (seguida de dos puntos), las dos primeras palabras significativas (entrecomilladas) del título del artículo (no el título completo, que sólo se cita la primera vez), coma, cit., número de página. Ejemplo: Medina Casas, H. M.: “Las partes”, cit., pp. 78-90.

d) La jurisprudencia se citará según sea habitual en el país de origen de cada escritor, con su respectiva referencia.

En España se usarán las siguientes abreviaturas: STC, STS, SAP. Si se cita la sentencia a pie de página, se usará la abreviatura seguida de día, mes y año (sin la partícula “de”), y posteriormente, la referencia de la base de datos que se utilice. Ejemplo: STS 4 enero 2008 (RAJ 2008, 678). Cuando se cite la sentencia en texto, en él sólo se hará constar la fecha de la misma (STS 4 enero 2008), debiendo citarse de nuevo a pie de página con su respectiva referencia al repertorio: STS 4 enero 2008 (RAJ 2008, 678). En particular, las sentencias del Tribunal Constitucional de España se citarán de la siguiente manera: STC 54/2008, de 5 de enero (RTC 2008, 54).

Dado que el Instituto carece de ánimo de lucro no se retribuirán las publicaciones, quedando a disposición de los autores sus derechos de propiedad intelectual sobre sus obras.