El Tribunal Supremo confirma la desestimación de la demanda de los sindicatos contra las medidas de Coca-Cola.

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El Alto Tribunal ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional, ésta declaró nulo el ERE en la empresa y rechazó la demanda interpuesta por los sindicatos contra las medidas de flexibilidad interna cuales eran movilidad geográfica, modificación sustancial e inaplicación del convenio, ofrecidas como alternativa voluntaria al despido colectivo de 2014.

La sentencia declara que existe cosa juzgada sobre este asunto porque ya fue resuelto por la Audiencia Nacional el 12 de junio de 2014, la misma declaró la nulidad del ERE de Coca Cola y la sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo el 20 de abril de 2015.

En este sentido, señala en el fallo que “la litispendencia apreciada en la instancia en este momento constituye ya cosa juzgada, lo que implica la desestimación de la demanda” [Carlos Peñalosa Torné].

Fuente: Comunicación Judicial.

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