Su jubilación le obliga a dejar la vivienda y el local que tenía arrendados

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La Sección V de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha tenido que pronunciarse sobre la resolución de un contrato de arrendamiento de local de negocio y vivienda. La Audiencia resuelve que por causa de jubilación del arrendatario, éste tendrá que desocupar el local y la vivienda anexa al negocio en los que venía trabajando y viviendo. Su decisión confirma la del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza dictada el 30 de Noviembre de 2016 y desestima el recurso planteado sobre ella.

La Audiencia basa su decisión en el criterio legal y jurisprudencial imperante que discurre que “la jubilación del arrendatario determina la extinción del contrato de arrendamiento independientemente de que aquel continúe al frente de la actividad empresarial o comercial realizada en el local comercial”. [Ricardo Andreu Ibáñez]

Fuente: Comunicación del Poder Judicial
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