La Incidencia del principio constitucional de libre desarrollo de la personalidad en la configuración del matrimonio

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En el presente trabajo, el catedrático de Derecho Civil, José Ramón de Verda, nos expone la proyección que sobre la actual regulación del matrimonio tiene el principio constitucional de libre desarrollo de la personalidad, incidiendo en temas como el divorcio, el matrimonio entre personas del mismo sexo o la transexualidad. Especial atención se presta a la unión de hecho, como modelo alternativo de familia, no basada en el matrimonio.

SUMARIO

I. Consideraciones preliminares: el principio de libre desarrollo de la personalidad.

II. La situación anterior a la reforma del Código civil, operada por la Ley 30/1981, de 7 de julio.– 1. El rechazo del divorcio vincular.- 2. La peculiar posición legal acerca de la declaración de fallecimiento.- 3. El inadecuado tratamiento de las causas de nulidad del matrimonio.

III. La personalización del matrimonio en la Ley 30/1981, de 7 de julio.– 1. El matrimonio como acto de autonomía privada (constitución e invalidez del vínculo).- 2. El establecimiento de un sistema matrimonial de tipo facultativo.- 3. La admisión del divorcio como causa de disolución del matrimonio.

IV. La exacerbación del principio de libre desarrollo de la personalidad por las leyes 13/2005 y 15/2005.– 1. La supresión del requisito de la heterosexualidad de los contrayentes.- 2. La admisión del divorcio por voluntad de uno solo de los cónyuges.

V. El matrimonio del transexual.

VI. La unión de hecho como alternativa al matrimonio.– 1. La libertad nupcial, positiva y negativa.- 2. La protección constitucional de las uniones de hecho.- 3. El diverso grado de protección constitucional entre matrimonio y uniones de hecho.

Rev. boliv. de derecho nº 17, enero 2014, ISSN: 2070-8157, pp. 10-31

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