Responsabilidad penal de persona jurídica: primera sentencia del TS en aplicación del artículo 31 bis del Código Penal.

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Noticias Legales 02
El Alto Tribunal ha dictado una resolución pionera en materia penal, la cual plasma por primera vez la responsabilidad penal de una persona jurídica, dejando clara la doctrina al respecto:

“Así, la determinación del actuar de la persona jurídica, relevante a efectos de la afirmación de su responsabilidad penal, ha de establecerse a partir del análisis acerca de si el delito cometido por la persona física en el seno de aquella, ha sido posible o facilitado por la ausencia de una cultura de respeto al derecho como fuente de inspiración de la actuación de su estructura organizativa e independiente de la de cada una de las personas jurídicas que la integran, que habría de manifestarse en alguna clase de formas concretas de vigilancia y control del comportamiento de sus directivos y subordinados jerárquicos tendentes a la evitación de la comisión por estos de los delitos”.

Esta sentencia puede ponerse en relación directa con una circular de enero de este año de la Fiscalía General del Estado, la cual ofrece un análisis de todos los elementos que componían la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Fuente: Comunicación Poder Judicial

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