Dr. Gorka Galicia
ORCID ID: 0000-0002-4836-5864
Catedrático de Derecho Civil en la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea. Licenciado y Doctor en Derecho por aquella misma Universidad. Premio Kutxa Fin de Estudios al mejor expediente académico de su promoción. Su memoria doctoral (Legítima y troncalidad: la sucesión forzosa en el Derecho de Bizkaia) fue galardonada con el III Premio Francisco de Asís Sancho Rebullida. Ha sido Director del Departamento de Derecho civil de la UPV/EHU (2011-2016) y Magistrado suplente de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (2018-2021).
Es miembro de la Comisión de Derecho Civil Vasco, órgano consultivo que tiene la misión de impulsar el desarrollo del Derecho civil vasco y de asesorar en tal cometido al Parlamento y al Gobierno vascos. Desde 2014, es profesor y tutor de actividad en el Curso de formación a distancia que sobre esta materia organiza anualmente la Escuela Judicial del CGPJ.
Ha sido Investigador Principal en diversos contratos con empresas y administraciones públicas y de proyectos de I+D, tanto estatales como autonómicos. En la actualidad es Investigador Principal del Proyecto I+D del Ministerio de Ciencia e Innovación y de la Agencia Estatal de la Investigación sobre “Las garantías personales en el ordenamiento civil español: claroscuros sustantivos y concursales” (PID2020-119816GB-I00) y del Grupo de Investigación Consolidado del Gobierno Vasco “Persona, familia y patrimonio” (GIC IT1445-22).
Es autor de diversas monografías y artículos científicos relacionados con distintas materias del ordenamiento privado, y ha participado igualmente en la elaboración de varios tratados y obras colectivas. Entre sus publicaciones destacan “Fiducia, leasing y reserva de dominio” (Reus, 2014), “Causa y garantía fiduciaria” (Tirant lo Blanch, 2012) y sus aportaciones al “Tratado del Derecho de sucesiones vigente en España y Andorra” (Thomson Reuters Aranzadi, 2020), “Tratado de Derecho de sucesiones” (Civitas Thomson Reuters, 2016), “Comentarios al Código civil” (Tirant lo Blanch, 2013), “Tratado de la compraventa” (Thomson Reuters Aranzadi, 2013), “Tratado de contratos” (Tirant lo Blanch, 2013) y “Tratado de legítimas” (Atelier, 2012). También ha dirigido y coordinado obras colectivas tales como “Asimetrías en el sistema español de garantías reales” (Thomson Reuters Aranzadi, 2021), “Deudas y herencia” (Thomson Reuters Aranzadi, 2018) y “Manual de Derecho civil vasco” (Atelier, 2016).
Su campo de investigación se centra preferentemente en el Derecho civil patrimonial: Derecho de obligaciones y contratos, garantías reales y personales, Derecho de sucesiones.
Artículos propios
El Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, se inspira, en lo que atañe a la determinación de la ley aplicable a las sucesiones internacionales, en el principio de unidad; es decir, establece una única ley aplicable al conjunto de la sucesión con independencia de la naturaleza de los bienes que la integren y del lugar en que se hallen. Sin embargo, esta regla general cuenta con algunas importantes excepciones, entre las que destaca la relativa a aquellos inmuebles, empresas u otras categorías singulares de bienes respecto de los cuales la ley del Estado en que se encuentren establezca disposiciones sucesorias especiales por razones de índole económica, familiar o social (artículo 30). El presente trabajo tiene por objeto primordial dilucidar si cabe incardinar o no dentro de semejante excepción a la troncalidad vizcaína, institución regulada en los artículos 17 y ss. de la Ley 3/1992 de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco.
En el presente trabajo se realiza una exposición general de los nuevos criterios establecidos por el Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, en materia de ley aplicable a las sucesiones por causa de muerte con alcance transfronterizo. Pero su objetivo fundamental se cifra, ante todo, en determinar cómo han de aplicarse estos en el singular caso del Estado español atendido el carácter plurilegislativo de su ordenamiento civil y el régimen previsto para los ordenamientos de esta clase en los artículos 36 a 38 del Reglamento.
En este trabajo se da noticia de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, norma que viene a derogar y a reemplazar la antigua Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco. La característica primordial de este nuevo texto legal consiste en que por su medio se instaura al fin un ordenamiento civil común a todos los vascos.
A colación del supuesto de hecho de la STS (sala 1.ª) de 26 de febrero de 2016, en el que varios coherederos pagaron la deuda personal de otro cosucesor que se hallaba asegurada con una hipoteca recayente sobre un inmueble del caudal, se analizan en este trabajo tanto el régimen jurídico aplicable al fenómeno del pago por tercero de deuda ajena como la cuestión de si, en la hipótesis de referencia, es factible materializar el recobro en la partición sin necesidad de proceder a un específico regreso contra el coheredero deudor
En este trabajo se analiza críticamente la doctrina jurisprudencial contenida en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 17 de noviembre de 2022 (ECLI:ES:TSJPV:2022:2805), por la que se considera que la preterición es una figura que, aunque tenga relación directa con la legítima, afecta a las condiciones de validez del testamento y de la institución de heredero, razón por la cual su régimen viene determinado, en caso de conflicto temporal de normas, por la ley aplicable al momento de otorgamiento de aquel y no, entonces, por la que esté vigente al instante del fallecimiento del causante.