La Sala de Contencioso del TS salva a Google Spain.

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La Sala de lo Contencioso del TS en sentencia 14 de Marzo de 2016 anula la Sentencia de la Audiencia Nacional que había rechazado la impugnación por parte de Google Spain sobre la exclusión de informaciones relativas a los declarantes y el impedimento de su captación por el motor de búsqueda Google.

El TS anula las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre el “derecho al olvido” y considera que corresponde a Google Inc, la central de Google, el “garantizar que el tratamiento se ajusta a los principios y condiciones de la normativa reguladora y asumir las correspondientes obligaciones al respecto”.

En definitiva, Google Spain no es responsable del tratamiento de los datos por lo que no está sujeta al cumplimiento de las obligaciones de tales resoluciones [Uriel Sturze Juchnowicz].

Fuente: Comunicación Poder Judicial.

Acceder a la Comunicación y a la Sentencia

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