Custodia materna individual, en aplicación de la ley valenciana de relaciones familiares: fijación de pensión de alimentos para las hijas, tomando en consideración sus necesidades y el caudal o medios del padre obligado a su pago.

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derechocivil

SAP Castellón de la Plana de 22 de abril de 2016, rec. nº 216/2015.
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“Respecto de la pensión alimenticia, tras el examen de actuaciones y prueba practicada la conclusión alcanzada por la sala es la propia que contiene la sentencia impugnada, ya que si bien es cierto que el sector de la construcción ha sufrido en gran medida las consecuencias de la crisis económica, siendo el sector al que pertenece la profesión del demandado que es pintor, no es menos cierto que tal y como argumenta la juez de instancia, el sr. Evaristo, pese a que manifiesta que no genera ingresos, sigue dado de alta como autónomo satisfaciendo una cuota mensual por importe de 256,72 euros, y una cuota hipotecaria por importe de 451,72 euros, lo que es indicativo de que su capacidad económica, no es la que pretende, sino mayor, por lo que la pensión alimenticia acordada en la sentencia de 200 euros mes por hijo se considera proporcionada a la capacidad económica del mismo y a las necesidades de los menores, ex art. 146 del cc” (F.D. 3º) [J.B.D.].

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