Los hechos son los siguientes: el 17 de octubre de 2016, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó a un acusado a 12 años de prisión por delito continuado de agresión sexual, y a otros 3 años por delito continuado de abuso sexual. El condenado solicitó un abogado de oficio para recurrir la sentencia, ya que consideraba infundada la doble responsabilidad penal que se le achacaba.
Se le designó un abogado de oficio para formular el recurso de casación, pero el recurso fue hecho en tales términos, que el Tribunal Supremo anuló la designación, afirmando que el escrito presentado contenía contradicciones, no estaba fundado jurídicamente y carecía de cohesión discursiva, por lo que se producía una absoluta falta de defensa del condenado [Guillermo Carrasco Gil]
Fuente: Comunicación del Poder Judicial.
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