STS (Sala 4ª) de 31 de enero de 2017, rec. nº 1153/2015.
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[La prestación por desempleo no la puede obtener el extranjero que se encuentra en situación irregular en España, dada la ineficacia a efectos prestacionales que de la legislación de extranjería se deriva, que no se sana por el hecho de que haya regularizado posteriormente su situación, lo que únicamente le da derecho a las prestaciones que, en su caso, haya podido generar por ese periodo trabajado legalmente y cotizado. Votos particulares] [A.O.G.].
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[La prestación por desempleo no la puede obtener el extranjero que se encuentra en situación irregular en España, dada la ineficacia a efectos prestacionales que de la legislación de extranjería se deriva, que no se sana por el hecho de que haya regularizado posteriormente su situación, lo que únicamente le da derecho a las prestaciones que, en su caso, haya podido generar por ese periodo trabajado legalmente y cotizado. Votos particulares] [A.O.G.].