Los hechos por los que ha sido condenado el acusado ocurrieron en julio de 2020, en la casa de los padres de este. Durante una discusión de pareja, el acusado, que se encontraba con las capacidades intelectivas y volitivas disminuidas por una intoxicación por cannabis, presionó un collar con intención de estrangularle y acabar con su vida. Esto le produjo a la víctima diversas lesiones que le debilitaron considerablemente, dado que, además, se encontraba en un estado de intoxicación alcohólica y por cannabis, tal y como declara el informe emitido por los Médicos Forenses. Tras el estrangulamiento, el acusado empujó a su pareja a la piscina, donde lo sumergió hasta causarle la muerte. Tras lo ocurrido, se quedó en estado de shock, escondiéndose en un armario donde lo encontró la Guardia Civil.
Pese a la controversia ocasionada entre las partes sobre la calificación jurídica de los hechos, el Tribunal del Jurado los ha calificado como constitutivos de un delito de homicidio, apreciando las agravantes de abuso de superioridad y de parentesco y con una atenuante por haber consumido sustancias que le modificaron al acusado sus capacidades volitivas e intelectivas.
Por todo ello, la sentencia concluye procedente imponer la pena de prisión de quince años “por la especial recriminación que debe hacerse a la acción ejecutada por el acusado, quien utilizó una fuerza “extremadamente intensa” al presionar en el cuello de la víctima con el collar, sumergiéndole en el agua y ahogándole cuando ya se encontraba muy debilitado”.
Asimismo, se le condena con la accesoria legal de inhabilitación absoluta.
Tampoco podrá comunicarse con los padres y hermanos de la víctima durante 15 años, ni aproximarse a ellos, a su domicilio o a su lugar de trabajo a menos de 500 metros durante el mismo tiempo. Se le condena, por otro lado, al pago de una indemnización de 60.000 euros a cada uno de los padres, y de 25.000 euros a cada uno de los hermanos.
Por último, tras el cumplimiento de la pena de prisión, se impondrá la medida de libertad vigilado por el tiempo de cinco años.
Sandra Martínez Navarro. Graduada en Derecho