La coordinación de parentalidad en situaciones de alta conflictividad familiar, ¿Algo más que una medida judicial?

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Autor: David Aviñó Belenguer, Profesor ayudante doctor de Derecho Civil, Universitat de València. Correo electrónico: david.avino@uv.es

Resumen: En ocasiones, los casos de divorcio o separación conllevan una alta conflictividad, lo que repercute negativamente en el desarrollo psicosocial de los hijos.

Frente a estas situaciones altamente conflictivas, y con el objetivo principal de proteger el interés superior de los menores implicados, ha irrumpido en los últimos años en España la figura del Coordinador Parental, como medida aprobada por los jueces en ejecución de sentencia (vía judicial). A falta de regulación, se ha venido planteando la duda de si se trata de un mediador familiar, y por tanto, su régimen jurídico puede circunscribirse a la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación. No obstante, existen diferencias notables entre ambas figuras, lo que puede sugerir la necesidad de regular el estatuto del Coordinador Parental.

Palabras clave: Coordinador parental, plan de parentalidad, ruptura de pareja, conflictividad familiar, interés superior del menor, mediación familiar.

Abstract: Sometimes, cases of divorce or separation entail high conflict, which has a negative impact on the psychosocial development of children. Faced with these highly conflictive situations, and with the main objective of protecting the best interests of the minors involved, the figure of the Parental Coordinator has emerged in Spain in recent years, as a measure approved by the judges in execution of the sentence (judicial means).

In the absence of regulation, the question has been raised as to whether it is a family mediator, and therefore, its legal regime can be limited to Law 5/2012, of July 6, on mediation. However, there are notable differences between both figures, which may suggest the need to regulate the status of the Parental Coordinator.

Key words: Parenting coordinator; parenting plan; couple breakdown; child’s best interest; family conflict; family mediation.

Sumario:
I. INTRODUCCIÓN.-
II. LA COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD.-
1. Origen y concepto de la Coordinación de Parentalidad.-
2. Parentalidad positiva y protección del interés superior del menor.-
3. Justificación de la Coordinación de Parentalidad ¿Medida de ultima ratio?-
4. Situación normativa de la Coordinación de Parentalidad.-
5. Situaciones no recomendables para una Coordinación de Parentalidad.-
III. ESTATUTO DEL COORDINADOR PARENTAL.-
1. Concepto y naturaleza.-
2. Funciones.-
3. Principios y directrices en el ejercicio de su profesión.-
IV. PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN PARENTAL.-
1. Derivación judicial al Coordinador Parental y designación.-
2. Fases de la Coordinación de Parentalidad.-
V. MEDIACIÓN FAMILIAR Y COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD.-
1. La mediación familiar. Regulación y procedimiento.-
2. Mediación familiar en situaciones de alto conflicto.-
3. Coordinación de Parentalidad versus mediación familiar.-
VI. PROPUESTAS DE MEJORA DE LA COORDINACIÓN PARENTAL.-

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 20 bis, junio 2024, ISSN: 2386-4567, pp.

Revista indexada en SCOPUS (Q3), REDIB, ANVUR (Clase “A”), LATINDEX, CIRC (B), MIAR, RRDe (Q1), IDR (C3).

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