Dra. Elsa Sabater Bayle
Doctora en Derecho por la Universidad de Navarra. Profesora Titular de Derecho Civil, en la Universidad Pública de Navarra. Académica Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. Profesora de la unidad didáctica “La adopción nacional” en el Máster de Derecho de Familia de la Universidad de Barcelona (cursos 2010 a 2014). Directora del Curso de Especialista en Derecho Privado de Navarra (curso on-line organizado por convenio entre la Escuela de Formación del Consejo General del Poder Judicial y la Universidad Pública de Navarra) durante los cursos 2010-2014.
Ha participado en diversos Proyectos de Investigación, entre otros, “La compraventa en el derecho civil navarro”, “Las fundaciones en el Derecho civil navarro”, “El Fuero Nuevo de Navarra” y “Principios Unidroit de contratos comerciales internacionales y otros intentos de unificación del Derecho privado de obligaciones: correlación e integración del Derecho contractual español”. Ha sido investigadora Principal en el Proyecto “Cuestiones actuales del Derecho de Familia: un estudio interdisciplinar”.
Coautora de la obra Derecho civil de Navarra, Tomo II (Familia), Marcial Pons, 2014.
Ha pronunciado ponencias y comunicaciones en diversos congresos nacionales, autonómicos e internacionales dedicados al Derecho patrimonial y al Derecho de Familia. Colaboradora permanente de la Revista “Aranzadi Civil” hasta 2010. Es autora de numerosos artículos y capítulos de libros en materia de Derecho patrimonial y Derecho de Familia.
Artículos propios
Hasta tiempos recientes el tema de los derechos sucesorios de los convivientes de hecho no había objeto de pronunciamientos por parte del Tribunal Constitucional. La STC 93/2013 y el ATC 280/2013 se han referido a esta cuestión, abriendo una forma de aproximación a la misma
El reconocimiento del derecho del menor adoptado a mantener contactos o relaciones con sus familiares de origen y sus anteriores acogedores representa un nuevo modelo de adopción en el Derecho español, denominado “adopción abierta”, recientemente introducida por la Ley 26/2015, de 28 de julio, que reforma el sistema español de protección de la infancia y la adolescencia. La nueva regulación se inspira en el Derecho de otros países pero tiene precedentes en ciertas normas autonómicas españolas.