El “animal es de toda la unidad familiar, y su bienestar pasa por que este con las menores, y en consecuencia con cada una de las partes litigantes, en los periodos que les corresponda estar con sus hijos, según el régimen de custodia compartida establecida”.

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SAP de Madrid (Sección 24ª) 16 marzo 2023, rec. nº 1142/2022.
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“En relación a la mascota, realmente este tribunal entiende que existe una absoluta carencia de pruebas, que corroboren las alegaciones de Dª Rocío, por lo que entendemos que el animal es de toda la unidad familiar, y su bienestar pasa por que este con las menores, y en consecuencia con cada una de las partes litigantes, en los periodos que les corresponda estar con sus hijos, según el régimen de custodia compartida establecida, por lo que debemos confirmar este pronunciamiento de la sentencia apelada” (F.D.6º) [J.R.V.B.]

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