STSJ, Sala de lo Contencioso, Sede de La Coruña, Sección 3, de 28 de septiembre de 2016, rec. nº 218/2016.
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[Sanción de expulsión del territorio nacional. En aplicación de la STJUE de 23 de abril de 2015, la sanción de expulsión ha de entenderse como regla general y de aplicación preferente frente a la multa pecuniaria. Situación de permanencia ilegal en España del apelante sin el contrapeso de un sólido arraigo o voluntad de inserción social en España, no habiéndose acreditado cualificadas razones humanitarias] [A.O.G.].
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[Sanción de expulsión del territorio nacional. En aplicación de la STJUE de 23 de abril de 2015, la sanción de expulsión ha de entenderse como regla general y de aplicación preferente frente a la multa pecuniaria. Situación de permanencia ilegal en España del apelante sin el contrapeso de un sólido arraigo o voluntad de inserción social en España, no habiéndose acreditado cualificadas razones humanitarias] [A.O.G.].