El contrato de mediación digital en el marco de la economía colaborativa.

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Autor: Facundo Martínez Mallada. Doctorando Universidad de Salamanca. fmartinezmallada@usal.es

Resumen: Las plataformas intermediarias que actúan en el marco de la economía colaborativa despliegan una actividad esencial para la contratación de un servicio subyacente entre dos sujetos. Presentan interesantes aristas que hacen que se hayan surgido diversas posturas en cuanto a la naturaleza jurídica del servicio que prestan y al contrato que celebran con sus usuarios. En este trabajo presentamos estas corrientes de un modo sistemático y crítico, aportando nuestra punto de vista. A la vez, abordaremos algunas de las obligaciones típicas que asumen estos intermediarios, efectuando un tratamiento de ciertos asuntos que pueden presentarse como polémicos o conflictivos.

Palabras clave: economía colaborativa; plataforma; agencia; mediación o corretaje

Abstract: Online intermediary platforms that act in the context of the collaborative economy display an essential activity for the contracting of an underlying service between two parties. It presents interesting characteristics that made different positions have been held regarding the legal nature of the service they provide and the kind of contract in question. In this paper we present these matters in a systematic way, contributing with our position. At the same time, we address some of the typical obligations assumed by these intermediaries, dealing with certain issues that may be presented as controversial or conflictive.

Key Words: collaborative economy; platform; agency; brokerage

Sumario:
I. Introducción.
II. Naturaleza jurídica del servicio que prestan las plataformas colaborativas.
1. Devenir histórico de las plataformas digitales.
2. La actividad característica de intermediación.
3. Posturas doctrinarias.
A) Contrato de agencia.
B) Contrato de corretaje o mediación.
C) Contrato de intermediación digital.
III. Algunas notas características.
1. La obligación principal ¿es de medios o de resultado?
2. La obligación de información.
3. Cláusulas abusivas que desnaturalizan el contrato.
4. ¿Puede exigirse a la plataforma la contratación de un seguro?
IV. Conclusiones.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana Nº 16, febrero 2022, ISSN: 2386-4567, pp. 228-253

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