Libertad de información y derecho a la intimidad de las víctimas. Comentario de la STS (Pleno) núm. 91/2017, de 15 de febrero.

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Autor: Dr. Dr. José Ramón de Verda y Beamonte, Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia, j.ramon.de-verda@uv.es

Resumen: El presente trabajo examina los casos en los que es posible identificar a la víctima de un delito en el marco de una crónica judicial.

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Palabras clave: Libertad de información; derecho a la intimidad; víctimas; derecho al olvido.

Sumario:
1.Consideraciones preliminares.
2. Protección reforzada del derecho a la intimidad de las víctimas respecto al de los autores del delito.
3. Parámetros para enjuiciar la legitimidad de la identificación de la víctima.
3.1. La naturaleza del delito.
3.2. La doctrina de los actos propios.
3.3. El tiempo trascurrido (derecho al olvido también de las víctimas).
3.4. La imposibilidad legal de identificar a las víctimas menores de edad o con discapacidad necesitadas de especial protección.
4. Hasta dónde es legítimo informar sobre circunstancias íntimas de las partes del proceso.

Referencia: Actualidad Jurídica Iberoamericana, ISSN 2386-4567, IDIBE, núm. 6, febrero 2017, págs. 278-291.

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