Jurisprudencia: Denegación visado de reagrupación familiar por no acreditarse la dependencia económica del reagrupante.

0
367

STS (Sala 3ª) de 8 de mayo de 2017, rec. nº 1712/2016
Accede al documento
 
[Visado de reagrupación familiar en régimen comunitario instado por el hijo de la recurrente, mayor de 21 años. Denegación. El mero compromiso, del ciudadano comunitario o de su cónyuge, de asumir a su cargo a los miembros de la familia de que se trata no demuestra que exista una situación real de dependencia de éstos ni que, por tanto, se encuentre a cargo de la reagrupante] [A.O.G.].
print

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here