Jurisprudencia del TEDH: Abusos sobre un menor de 4 años por parte de sus maestros en una Escuela Publica en Rusia.

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STEDH de 7 de marzo de 2017, rec. nº 68059/13, Asunto V.K v Rusia.
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Supuesto de hecho:
 
Este caso hace referencia al maltrato sufrido por un niño de cuatro años por parte de sus maestros de una escuela pública de párvulos, el cual le provocó un trastorno neurológico. El demandante afirmó que sus maestros por medio del uso de la fuerza le habían suministrado antibióticos sin la pertinente receta médica o sin el consentimiento de sus padres; lo habían encerrado en los lavabos, manifestándole que las ratas lo comerían; lo habían obligado a mantenerse parado en el vestíbulo de la guardería en ropa interior y con los brazos levantados por un largo periodo de tiempo; y, en una ocasión, le taparon la boca. El demandante afirmó que las investigaciones que se había llevado a cabo sobre sus denuncias habían sido ineficaces.


Fallo:
 
La Corte sostuvo que se había violado el artículo 3 (prohibición de trato inhumano o degradante) de la Convención en lo referente, tanto al maltrato del menor por parte de sus maestros, como a la falta de investigación por parte de la autoridades.
 
En particular se observa la detallada explicación por parte del demandante, que es corroborada por uno de los maestros, por padres de otros alumnos de la escuela y por parte de un informe elaborado por expertos, constatándose que el abuso había sido lo suficientemente grave como para ser considerado inhumano y degradante.
 
El Tribunal tuvo en cuenta la edad extremadamente temprana del solicitante, el tipo de castigos a que había sido sometido durante un período de al menos varias semanas, el hecho de que esos castigos provenían de maestros que estaban en una posición de autoridad y control sobre él, y que habían estado destinados a humillarlo y degradarlo, dando lugar a un trastorno neurológico postraumático.
 
Además, el Tribunal observó que el maltrato había ocurrido mientras el demandante había estado bajo la custodia exclusiva de una guardería pública que, bajo la regulación y supervisión estatal, cumplía con el servicio público de interés general de cuidar y educar a los niños pequeños. En consecuencia, el Estado era responsable directo del abuso llevado a cabo por los maestros.
 
Por último, añadió que el retraso de tres años en la apertura de una investigación criminal sobre las denuncias de malos tratos del demandante tuvo un impacto significativo en la efectividad de la investigación, siendo la consecuencia más grave fue que el enjuiciamiento de los maestros había prescrito [Víctor Martínez Alarte].
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