STSJ de Canarias, Sala de lo Contencioso, de 16 de febrero de 2016, rec. nº 149/2015.
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[Denegación permiso de residencia de familiar de ciudadano comunitario a un condenado por delito de homicidio intentado que contrajo matrimonio con una ciudadana británica mientras se encontraba en prisión. Denegación basada en el art. 15 del RD 240/2007, por razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública. No basta con la existencia de antecedentes penales en el solicitante sino que es necesario valorar si constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad. No consta arraigo en España del recurrente, que fue titular de un permiso de residencia que caducó en 2011, cometió el delito en el año 2012, contrajo matrimonio con una ciudadana británica durante su estancia en prisión en el año 2013, siendo dicho matrimonio el que habilitó que pudiera solicitar el permiso denegado, por lo que la resolución impugnada estuvo motivada] [A.O.G.].