STS (Sala 4ª) de 11 de noviembre de 2016, rec. nº 1341/2015.
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[De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la pérdida por el trabajador extracomunitario -por falta de renovación- de la necesaria autorización para residir y trabajar no puede llevar aparejada la extinción del contrato de trabajo cuando éste no está sometido de modo expreso a esa condición resolutoria. En estos casos la extinción del contrato ha de ser tratada como un despido improcedente, si bien, dada la imposibilidad de readmisión ante la situación irregular en la que se encuentra el trabajador, impone directamente la condena al empleador del abono de la indemnización] [A.O.G.].
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[De acuerdo con la jurisprudencia de esta Sala, la pérdida por el trabajador extracomunitario -por falta de renovación- de la necesaria autorización para residir y trabajar no puede llevar aparejada la extinción del contrato de trabajo cuando éste no está sometido de modo expreso a esa condición resolutoria. En estos casos la extinción del contrato ha de ser tratada como un despido improcedente, si bien, dada la imposibilidad de readmisión ante la situación irregular en la que se encuentra el trabajador, impone directamente la condena al empleador del abono de la indemnización] [A.O.G.].