STSJ de Canarias, Sala de lo Contencioso, de 28 de enero de 2016, rec. nº 138/2015.
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[La autorización como trabajador transfronterizo no genera automáticamente el derecho a la obtención del permiso de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena. El Reglamento de Extranjería sólo prevé que sea tenido en cuenta en la valoración de la solicitud. Se confirma la resolución impugnada, porque el motivo de la denegación fue que el puesto ofertado no quedaba incluido en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, y porque el ofertante del trabajo no acreditó la dificultad de cobertura de dicho puesto] [A.O.G.].