Jurisprudencia: La suspensión cautelar de una orden de expulsión no genera el derecho a la devolución de la tarjeta de residencia.

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STSJ de Castilla y León, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sede de Burgos, de 4 de marzo de 2016, rec. nº 9/2016.
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[Orden de expulsión. Su suspensión cautelar no genera el derecho a la devolución de la tarjeta de residencia. Conforme a lo establecido en la legislación de extranjería, la resolución de expulsión conlleva, como expresamente se indica en ella, la extinción de cualquier autorización para residir y, por tanto, la necesidad de entrega de la tarjeta en que se encuentre documentada la misma] [A.O.G.].

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