Liquidación de gananciales: No es posible incluir en fase de inventario un derecho de crédito en favor del marido como compensación por el uso por parte de la mujer de la vivienda ganancial, atribuido judicialmente en el proceso matrimonial: “no puede mantenerse que la esposa se haya estado enriqueciendo injustamente durante el tiempo que ha tenido atribuido el uso de la vivienda, pues su uso ha estado amparado por las resoluciones judiciales dictadas en el proceso de familia, de acuerdo con una regulación de las relaciones familiares dictada para el caso de crisis matrimonial e inspirada en principios de solidaridad familiar”.

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STS (Sala 1ª) 17 de julio de 2025, rec. nº 1581/2023.
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“(…) En el caso que juzgamos de lo que se trata es de si en la fase de inventario, cuando al mismo tiempo ya se ha seguido el oportuno procedimiento de modificación de medidas para extinguir el derecho de uso, procede reconocer un crédito a favor de un cónyuge para compensarle económicamente por el uso de la vivienda que no ha disfrutado (y por la falta de disposición), por haberle sido atribuido al otro en el proceso matrimonial.

(…) no ponderaron adecuadamente las circunstancias con arreglo a los criterios legal y jurisprudencialmente aplicables. Por ello, no puede mantenerse que la esposa se haya estado enriqueciendo injustamente durante el tiempo que ha tenido atribuido el uso de la vivienda, pues su uso ha estado amparado por las resoluciones judiciales dictadas en el proceso de familia, de acuerdo con una regulación de las relaciones familiares dictada para el caso de crisis matrimonial e inspirada en principios de solidaridad familiar” (F.D. 3º) [Julio Llop Tordera].

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