Nulidad de matrimonio por reserva mental y error en cualidades personales del otro contrayente: desestimación: falta de prueba: conocimiento por el marido de la enfermedad de la mujer antes de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Español.

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derechocivil

SAP de Madrid (Sección 22ª) de 12 de abril de 2016, rec. nº 978/2015.
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“(…) Se alegan como motivos para solicitar la nulidad por ser un matrimonio en el que la esposa no tuvo voluntad de contraer matrimonio, y por error en las cualidades de la esposa.

(…) Examinada toda la prueba obrante esta Sala ha de concluir, como lo ha hecho la sentencia de instancia analizando correctamente la situación, que no existiendo una prueba directa de la voluntad de la esposa, se han de valorar todas las circunstancias concurrentes, el tiempo de duración de la relación desde 2008, la fecha en que se contrae matrimonio, la reanudación de la convivencia, si bien por cortos periodos tras las diversas denuncias y rupturas o alejamientos en su relación matrimonial, lo que permite presumir que si tenía la esposa una voluntad de futuro matrimonial, sin perjuicio de su decisión de romperlo posteriormente.

Se alega también desconocimiento de la enfermedad de la esposa pero consta acreditado, que desde el mes de marzo de 2013, contraído el matrimonio, y antes de su inscripción en el Registro Civil español, que el esposo conoce la enfermedad, no importándole y estando dispuesto a cuidarla y ayudarla a superarla, sin que fuera obstáculo para la inscripción.

(…) El motivo del recurso respecto a la nulidad interesada debe decaer.” (F.D.2º) [I.G.S.].

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