Son ordinarios los gastos de libros de texto y matrículas.

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STS (Sala 1ª) de 21 de abril de 2025, rec. nº 747/2024.
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“(…) La Audiencia Provincial fija como extraordinarios los gastos por libros de texto y matrículas
(…) Por tanto, al fijar como extraordinarios los gastos escolares por libros de texto y matrículas, la sentencia recurrida infringe el art. 142 del CC y vulnera nuestra doctrina (F.D.2º) [J.R.V.B.].
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