66 mil euros de indemnización para una clienta debido a una negligencia de su abogado que le hizo perder la pensión compensatoria.

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El caso versa sobre una mujer de 57 años de edad que había dedicado su vida al cuidado de la familia. Al recibir la demanda de divorcio interpuesta por su esposo, contrató los servicios de un abogado. El abogado no contestó en plazo la demanda por lo que le hizo perder a su clienta la pensión compensatoria.

La mujer estimó su perjuicio, por no habérsele la pensión de 1200 euros que solicitaba, en 403200 euros, cantidad que el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santander redujo a 66000 euros. La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado dicha condena a indemnizar del abogado a la clienta.

En cuanto a la negligencia del abogado, ambas instancias entienden que el no comprobar la fecha del cómputo y guiarse de la información facilitada por la clienta en esta cuestión, constituye una negligencia inexcusable y afirman que no es conforme a diligencia profesional mínima exigible. Consideran que el perjuicio sufrido por la clienta es un supuesto de pérdida de oportunidad ya que no podrá reclamar dicha pensión en juicio autónomo al constituir la pensión una medida definitiva en un proceso de divorcio o separación. Además, consideran muy probable la apreciación de la pensión compensatoria si la contestación a la demanda se hubiera interpuesto a tiempo. [Ricardo Andreu Ibáñez]

Fuente: Comunicación Poder Judicial.
Acceso a la Nota de Prensa de la AP y a las sentencias de la AP y el Juzgado de PI

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