Aprobado el Texto Refundido de la Ley Concursal.

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El pasado 5 de mayo de 2020, el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta de los ministerios de Justicia y de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, publicado en el B.O.E. del 7 de mayo de 2020 (el Texto Refundido). La norma es fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, realizado en mayo de 2015 y renovado el 21 de febrero de 2019. El Real Decreto Legislativo aprobado no entrará en vigor hasta el 1 de septiembre de 2020.

El texto de la Ley Concursal hasta ahora vigente consta de 242 artículos agrupados en 10 títulos. El nuevo Texto Refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado.

El Texto Refundido derogará la Ley Concursal actual, aunque algunas disposiciones lo harán tras su desarrollo reglamentario. Según reza su disposición adicional tercera, dentro del mes siguiente a la publicación en el B.O.E., se divulgará a través de la página web de los Ministerios de Justicia y de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con efectos meramente informativos, una tabla de correspondencias de los preceptos de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, con los del texto refundido.

El Texto Refundido, además de reunir en un solo texto la normativa concursal y reordenarla, prepara la próxima incorporación de la Directiva (UE) 2019/1023, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

También permite poner en marcha futuras reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas que pueda generar la actual crisis del Covid-19, que podrán sumarse a las medidas excepcionales ya adoptadas en el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril. El texto refundido no deroga estas últimas medidas concursales urgentes, por ende, coexistirán ambas normas hasta futura derogación o integración en el Texto Refundido.

Para mayor información respecto de las medidas excepcionales por la crisis del Covid-19, adoptadas por el Real Decreto-ley 16/2020 referido, que siguen vigentes, puede leerse el artículo de F.PALAU RAMIREZ, “Medidas durante el COVID-19 y Derecho mercantil (Parte II: Derecho concursal)”, publicado en 15 de mayo de 2020, en el número extraordinario de Actualidad Jurídica Iberoamericana – Año 2020, Número 12 Bis-, pp. 550-559.

Rafael Nebot Seguí, Experto en Resolución Bancaria en el Banco de España y Asesor Legal en la Autoridad Bancaria Europea (Los puntos de vista expresados son personales del autor y no reflejan, necesariamente, los del Banco de España ni los de la Autoridad Bancaria Europea).

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