La Sala Penal del Tribunal Supremo ha elevado de 18 a 19 años de prisión la pena impuesta a Alina Margoi, la cuidadora de un matrimonio de ancianos de la Vall d”Uixó que, en 2013, suministró a los demás sujetos activos implicados en la causa, información cuasi indispensable para la ejecución del delito. La cuidadora intervino activamente abriendo la puerta de la vivienda durante el transcurso de la noche, que además se saldó con el fallecimiento del anciano, con 88 años de edad.
El magistrado ha impuesto la condena por delitos de homicidio y robo violento en casa habitada, junto con otro delito de detención ilegal. El Tribunal Supremo entiende que la cuidadora actuó con el agravante de abuso de confianza, además de abuso de superioridad y disfraz, que ya se apreciaron en la sentencia recurrida.
Se relata en la sentencia que la cuidadora utilizó la información que conocía de la pareja de ancianos acerca de sus horarios o hábitos de vida para suministrársela a los asaltantes, uno de los cuales además tenía relación de afectividad con la citada mujer, y que se pudiera ejecutar el delito. Asimismo, conociendo el grado de violencia que se estaba ejerciendo contra los ancianos, la cuidadora no intervino para cortar el curso de los acontecimientos.
Son desestimados los recursos de casación interpuestos por los otros tres condenados, confirmándose los 20 años de prisión para cada uno de ellos [Ignacio Guinot Segarra].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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