El Pleno del TC decide tramitar la petición del Abogado del Estado y cancelar así el plan independentista del Parlamento Catalán

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En la Nota Informativa Nº 97/2016, el TC ha comunicado que tramita el incidente de ejecución de sentencia pedido por el Abogado del Estado, ya que el Parlamento de Cataluña aprobó una resolución que contradecía la sentencia del TC 259/2015, en la que el tribunal declaró inconstitucional la resolución que activaba el proceso para la independencia. También afecta a otras decisiones del TC, como la negativa a la creación de comisiones parlamentarias, y a la resolución que ratifica el informe y conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Así pues, el Pleno comunica al Ministerio Fiscal y al Parlamento Catalán que en 20 días pueden realizar las alegaciones que estimen oportunas sobre el escrito del Abogado del Estado. Además, se suspenden de manera cautelar los apartados de la resolución que entran en conflicto, dejando dicha suspensión al Gobierno. Con esta decisión, el TC impide al Parlamento de Cataluña realizar el Referéndum de 2017 que tenían previsto sobre la independencia. [Guillermo Carrasco Gil].

Fuente: Nota Informativa del Tribunal Constitucional.
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