La Sala II del Tribunal Supremo confirma el fallo de la Audiencia Provincial de Salamanca que en base a los hechos probados estimó culpable al acusado de un delito de estafa en concurso ideal con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.
Es condenada por los mismos delitos una empleada de la empresa, sin embargo no recibe la misma calificación jurídica porque se le aplican las atenuantes de colaboración con la justicia y miedo insuperable, y en consecuencia se rebaja la pena y es condenada a un año de prisión.
Fuente: Comunicación Poder Judicial.