La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha comenzado a resolver los recursos en materia de cláusula suelo de acuerdo con la nueva doctrina establecida por la Sentencia de 21 de diciembre de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, conforme a la cual (en contra de la anterior doctrina del Tribunal Supremo) los efectos de la declaración de nulidad se retrotraen a la fecha de la celebración del contrato que las incluía, y no sólo al 9 de mayo de 2013, fecha en la que el Supremo declaró la nulidad de las cláusulas suelo que no superaran el control de trasparencia [Kirian Riquelme Saldivia].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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