La entidad bancaria BBVA es condenada por el Tribunal Supremo por realizar una transferencia sin comprobar la autenticidad de la firma.

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo condena a la entidad bancaria BBVA a devolver la suma de 117.249.25€ a un cliente debido a la realización de una transferencia a su nombre sin comprobar la autenticidad de la firma, la cual fue recibida por fax en una sucursal de la entidad bancaria. El Tribunal Supremo llega a la conclusión que el banco no desplegó toda la diligencia profesional debida en la custodia de una cuenta corriente. Entiende el Tribunal, que la entidad bancaria debía haberse cerciorado, llamando por teléfono al cliente para confirmar la transferencia. Además, según el contrato que firmaron ambas partes, cliente y entidad, la cláusula tres recogía que las órdenes emitidas a distancia solamente serían solamente validas cuando estas vinieran acompañadas de claves o indicaciones previamente establecidas. Por último se considera hecho probado que la entidad BBVA recibió un fax, aparentemente del titular de la cuenta, el cual ordenaba que se transfiriera la suma de 116.898€ a favor de una sociedad. El banco, a pesar de que no tenía ni membrete ni datos de identificación del ordenante, realizó la transferencia [Edgar Alves].

Fuente: Comunicación Poder Judicial
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