La Sala II del Tribunal Supremo ratificó la sentencia de 3 años y 3 meses de un médico de Menorca por acceder al historial médico de su ex pareja sin su consentimiento, así como a los historiales de la hija, el marido y la hermana de aquella; además, ha de pagar una multa de 6.000 euros, pagar la misma cantidad en concepto de indemnización a la perjudicada y otros 2.358 euros a la Comunidad balear.
Sobre el delito de revelación de secretos, por el cual fue condenado, señala el tribunal, respecto a los hechos que “es indicativo de un inusitado interés en la búsqueda de información a la que no podía acceder. Esa reiteración de la conducta supone una agresión continuada en la intimidad de la perjudicada y sus familiares, lo que supone la realización del tipo, un acceso inconsentido realizado en perjuicio de la titular que ha visto perjudicado su derecho a la intimidad por la conducta del acusado, que la realiza no de forma casual, ni de forma involuntaria, sino reiterada”.
Fuente: Comunicación Poder Judicial.