La sentencia de apelación 92/2021 del TSJ de Zaragoza explica cómo el ciudadano en cuestión se acercó a una comisaría de policía en la localidad aragonesa de Huesca con el propósito de obtener información sobre la reciente detención de un amigo suyo.
Tras consultar al policía que se encontraba solo en ese momento en la comisaría, le negó dicha información y, tras insistirle en múltiples ocasiones, instó a la parte acusadora a abandonar el lugar. Con motivo de la negativa de aquél a obedecer al agente y tras mover arbitrariamente los brazos cerca del rostro de este, el acusado le propinó un puñetazo en la cara a la parte acusadora, siendo “incapaz de inmovilizarle de otro modo”.
La sentencia señala “la existencia de motivos más que suficientes para entender que había razones suficientes para considerar que se había cometido un delito flagrante que justificaba la detención”.
El tribunal considera como falsa la denuncia interpuesta por el ciudadano ya que no existen indicios de que el agente mintiera deliberadamente o actuara con temerario desprecio a la verdad en virtud de los hechos explicados.
David González Albuixech. Graduado en Derecho.