Noticias TJUE: Declarada contraria al Derecho de la UE la normativa húngara que imponía precios y cantidades de venta para productos agrícolas.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que la normativa húngara que obligaba a los distribuidores a vender ciertos productos agrarios en cantidades preestablecidas y a precios fijados por el Gobierno es contraria al Derecho de la Unión.

Como respuesta a la pandemia de COVID-19, Hungría aprobó, mediante decreto gubernamental, una medida que afectaba a productos básicos como: el azúcar, harina de trigo, aceite de girasol, carne de porcino y de aves de corral, y leche. Unos meses más tarde, en noviembre de 2022, como consecuencia de la guerra en Ucrania, se añadieron a la lista de productos los huevos y las patatas, estando en vigor dicha medida hasta el 31 de julio de 2023.

El decreto obligaba a los distribuidores a mantener en sus tiendas, disponibles para la venta, unas determinadas cantidades de esos productos, que se calculaban a partir de promedios históricos o niveles de existencias, y a unos precios marcados por las autoridades.

El pleito se inició por SPAR Magyarország, cuando en mayo de 2023 fue sancionada por no cumplir con las cantidades estipuladas de estos productos en uno de sus establecimientos.

La empresa recurrió la sanción ante un tribunal húngaro, el cual planteó una cuestión prejudicial al TJUE por entender que la normativa húngara podría no ser compatible con el Reglamento de la Organización Común de Mercados (OCM) de la Unión Europea.

El Tribunal de Justicia ha concluido que el decreto húngaro vulnera el principio de libre determinación de precios en el mercado agrario, al impedir que los distribuidores puedan fijar libremente sus precios de venta y las cantidades que desean vender sobre la base de consideraciones económicas.

Asimismo, aunque las autoridades húngaras argumentaron que esta restricción estaba justificada por los objetivos de combatir la inflación y de proteger a los consumidores más desfavorecidos mediante el suministro garantizado de alimentos básicos a precios asequibles, el Tribunal consideró que las restricciones impuestas no eran proporcionadas.

Según la sentencia, las medidas adoptadas alteran de forma significativa el acceso al mercado en condiciones de competencia, afectando negativamente a toda la cadena de suministro, sin que ello se justifique suficientemente para alcanzar los fines perseguidos.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia declara que el decreto húngaro, incluido su régimen sancionador, es incompatible con el Reglamento OCM y, por tanto, contrario al Derecho de la Unión Europea.

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Manuel Jiménez Ibáñez, estudiante del Grado de Derecho en prácticas en el Instituto de Derecho Iberoamericano.

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