El TC ha determinado que en la Comisión de Investigación realizada el 20 de diciembre de 2017 se vulnera el art.23.2 CE, así como también se produce una vulneración del art.23.1 CE, lo que ha provocado que el acuerdo adoptado por dicha comisión sea declarado nulo.
Los hechos denunciados por los dos procuradores son diversos retrasos en la celebración de la comisión de investigación creando una dinámica que paraliza, perturba, obstruye y demora la finalidad de dicha comisión frustrando el propósito perseguido.
Fuente: Nota de prensa del TC.
Oscar Perales Bertó, Estudiante en prácticas en el IDIBE.