El Tribunal Superior de Navarra considera errónea la pena de 2 años impuesta a un acusado que intentó matar a su mujer en Los Arcos

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Se ha anulado, de forma parcial, la condena de 2 años de prisión a un acusado que intentó matar a su mujer a cuchilladas, en Los Arcos. La Sala de lo Civil y Penal del TSJN considera que la Audiencia pudo determinar erróneamente la pena por un delito de homicidio en grado de tentativa, por lo que se tendrá que establecer una nueva condena. También, reduce la indemnización de 30.000 a 20.000 euros.

En primer lugar, la Sección Segunda de la Audiencia, consideraba los hechos como un delito de homicidio en grado de tentativa con la agravante de parentesco, la atenuante de reparación parcial del daño y la eximente incompleta de trastorno mental. Posteriormente, el Tribunal Superior de Navarra, de oficio, estimó que la Audiencia determinó la pena erróneamente. Por ello, el TSJN emplaza a la Audiencia a que, explique y justifique, si la rebaja de la pena impuesta al acusado tiene que ser en uno o dos grados. Y, argumentar, en qué medida la concurrencia de la agravante y la atenuante, permiten apreciar la existencia de un fundamento cualificado de agravación o atenuación a los efectos de concretar la pena.

Sobre los hechos, el matrimonio residía en una vivienda de Los Arcos que el acusado abandonó para vivir con su hermana. El 30 de abril, el acusado, cogió su coche y se dirigió a la vivienda de su mujer, cogió un cuchillo de cocina, sorprendiendo a su mujer y diciéndole que había venido a matarla, empujándola contra el coche y repitiéndole su intención de matarla. La mujer, sufrió cortes en las manos, en su intento de defenderse, posteriormente, se probó que el acusado, quiso clavarle el cuchillo en diferentes zonas del cuerpo y la cara, generando lesiones en las mejillas y cuello. La mujer, grito en varias ocasiones auxilio, que fue escuchado por los vecinos. Un vecino, consiguió quitarle el cuchillo.

Finalmente, la mujer presentó heridas en ambas manos, así como hematomas en los dos brazos y erosiones en la cara, en la región lumbar y en el costado izquierdo. Necesitando 14 días para estabilizar las lesiones sufridas.

La defensa, recurrió la condena, alegando un error en la valoración de la prueba, en relación con el estado de salud del procesado, solicitando la reducción de la responsabilidad civil y la concurrencia de la atenuante, de reparación total del daño. Por otra parte, la fiscalía, recurrió la determinación de la pena, porque debería haber sido de 4 años de prisión. La Sala de lo Civil y Penal del TSJN desestima todos los motivos del fiscal y la defensa, menos el relativo a la cuantía de la indemnización.

Saray Torres Escrich. Graduada en Derecho.

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