Acuerdo de separación voluntaria, división de todas las participaciones de una sociedad limitada ostentadas pro indiviso y reducción de capital con amortización de participaciones de quien se separa. Comentario a la STS 44/2014, de 18 de febrero (RJ 2014, 921)

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En este trabajo, Miguel Gimeno Ribes (miembro del IDIBE) nos habla sobre el supuesto de una sociedad limitada, la totalidad de cuyas participaciones se ostenta pro indiviso por los socios-comuneros, de manera que, en determinados aspectos, las reglas aplicables dejan de ser las del Derecho de Sociedades para entrar en juego las normas generales sobre Derecho de contratos y de cosas. El problema de la valoración de las cuotas del condominio en caso de división del mismo, mal que tiene implicaciones societarias, debe atender a los preceptos en sede de copropiedad.

SUMARIO:

I. Acuerdo de separación, comunidad de bienes y sociedad.

II. Árbitro y arbitrador.

III. Condición de socio y titularidad indirecta de bienes.

IV. Relevancia del plazo de cuatro meses.

V. Cuestión de prueba: valoración incorrecta.

VI. La incidencia de la cláusula rebus sic stantibus.

VII. A modo de conclusión.

Rev. boliv. de derecho nº 18, julio 2014, ISSN: 2070-8157, pp. 454-467

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