La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al hombre y a la mujer que figuraban como contrayentes del supuesto enlace, y a un tercero que se encargó de poner en contacto a ambos y falsificar la citada certificación eclesiástica, recibiendo como contraprestación por estos servicios 6.000 euros.
Según se desprende de la sentencia, la supuesta esposa, de nacionalidad extranjera, deseaba regularizar su situación en España. Por ello, pagó 6.000 euros a otra mujer, que le puso en contacto con el hombre que iba a figurar como esposo. Los supuestos contrayentes facilitaron sus datos personales a aquella mujer, quien falsificó un certificado eclesiástico en el que simuló la firma del párroco y el sello de la iglesia de Astillero. Previamente, la pareja de conveniencia había intentado la inscripción de su unión en el registro civil de Roquetas de Mar (Almería), pero la juez encargada lo rechazó al constatar que no había una voluntad real de contraer matrimonio. Tanto el juez de instancia como la Audiencia Provincial dan validez al testimonio de la supuesta esposa, quien confesó los hechos, y entienden como ficticio un matrimonio que fue inscrito en el registro civil de Astillero y del que ahora, mediante sentencia, se declara su nulidad.
El hombre deberá cumplir una condena de veinte meses de prisión y deberá pagar una multa de 960 euros por ser coautor de delito de falsedad en documento oficial con la agravante de reincidencia, ya que ya había sido condenado por otro delito de falsedad. Por su parte, la mujer que confeccionó el certificado ha sido condenada como autora del delito de falsedad a diez meses de cárcel y 840 euros de multa, y la supuesta esposa, a cuatro meses de cárcel y multa de 480 euros en calidad de coautora del citado delito. A esta última, se le ha aplicado la atenuante de confesión, ya que fue quien informó a las autoridades del delito cometido. El tribunal de apelación respalda parcialmente la sentencia dictada por Juzgado de lo Penal nº 2 de Santander, si bien absuelve a un cuarto condenado, el hombre que presentó el documento falso ante el registro de Astillero y logró la inscripción del matrimonio. El juez de instancia decidió condenarle al entender que había cometido un delito de presentación de documento falso en juicio. Sin embargo, la Audiencia Provincial le absuelve, ya que el tipo penal no se acomoda a tal actuación, pues “no cabe en modo alguno equiparar el procedimiento seguido ante el registro civil con un procedimiento jurisdiccional” [José Manuel Marco Salvador].
Fuente: Comunicación Poder Judicial.
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