STEDH, de 24 de marzo de 2015, rec. nº 2959/11, caso Asociación para la Defensa de los Derechos Humanos en Rumania – Comité de Helsinki en nombre de Ionel Garcea c. Rumania.
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Supuesto de hecho: El caso versaba sobre el acceso a un tratamiento médico apropiado para un preso, enfermo mental, durante su detención y de las dificultades padecidas por una ONG para presentar una demanda efectiva después de su muerte.
Fallo: El TEDH consideró que la ineficacia de la investigación y el tiempo que emplearon las autoridades para establecer las circunstancias de la muerte del prisionero equivalían a una violación procesal del artículo 2 (derecho a la vida) del Convenio. En particular, señaló que el Tribunal de Apelación había constatado que la investigación no había sido exhaustiva, puesto que el Fiscal no había respondido a preguntas esenciales, y, por otra parte, la Fiscalía, no había abordado la denuncia de malos tratos en detención presentada por la asociación demandante. El Tribunal declaró, sin embargo, que no había existido violación del aspecto sustantivo del artículo 2 del Convenio, debido a la falta de pruebas médicas que establecieran la responsabilidad del Estado más allá de toda duda razonable. [Núria López Ferrer].