El auto de ejecución del Prestige ha sido notificado por la Audiencia de la Coruña, tras la sentencia dictada en enero del 2016 por el Tribunal Supremo, que a su vez modificó parcialmente la pronunciada por la sección primera de la Audiencia coruñesa en 2013.
La Audiencia Provincial de A Coruña fija un total de 1.573 millones en las indemnizaciones a percibir por el estado a cuenta del Prestige. También se deberán pagar 1’8 millones a la Xunta de Galicia por el reciclaje del fuel, más 61 millones a Francia por los daños en sus costas, además de otras sumas menores para entidades, ayuntamientos y particulares.
Esta cantidad deberá ser aportada por el capitán del barco, Apostolos Ioannis Mangouras y la aseguradora The London Steamship Owners Mutual Insurance Association. También deberá participar en el pago la propietaria del barco Mare Shipping INC y el Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC), hasta los límites establecidos en el convenio aplicable.
En la sentencia dictada por el Tribunal Supremo ya se reconocía como cantidad indemnizable la de 513 millones de euros, pero los magistrados de la Audiencia Provincial afirman que “existen demostraciones técnicas que avalan la necesidad de aumentar la indemnización por encima de lo certificado”.
En la cantidad fijada para el Estado, la Sala entiende que el daño patrimonial es de 931 millones de euros, cantidad a la que suma un 30% por daño medioambiental, es decir, 279 millones de euros. A esta cifra hay que añadirle otro 30% por daño moral indemnizable, es decir, 363 millones de euros, lo que suma un total de 1.573 millones.
En cuanto a la Xunta se establece la indemnización en 1,8 millones por el coste del reciclaje de elementos contaminantes depositados en la Sociedade Galega de Refugallos Industriais (SOGARISA)
Parte de la indemnización proviene de la aseguradora The London Steamship Owners (The London P&I Club), en total 22’7 millones de euros que deberán distribuirse a prorrata de las cantidades fijadas en la resolución. En cuanto a los intereses, solo se exigirán desde la firmeza del auto notificado hoy. Frente a esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. [Víctor Martínez Alarte]
Fuente: Comunicación Poder Judicial
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La Audiencia Provincial de A Coruña fija un total de 1.573 millones en las indemnizaciones a percibir por el estado a cuenta del Prestige. También se deberán pagar 1’8 millones a la Xunta de Galicia por el reciclaje del fuel, más 61 millones a Francia por los daños en sus costas, además de otras sumas menores para entidades, ayuntamientos y particulares.
Esta cantidad deberá ser aportada por el capitán del barco, Apostolos Ioannis Mangouras y la aseguradora The London Steamship Owners Mutual Insurance Association. También deberá participar en el pago la propietaria del barco Mare Shipping INC y el Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC), hasta los límites establecidos en el convenio aplicable.
En la sentencia dictada por el Tribunal Supremo ya se reconocía como cantidad indemnizable la de 513 millones de euros, pero los magistrados de la Audiencia Provincial afirman que “existen demostraciones técnicas que avalan la necesidad de aumentar la indemnización por encima de lo certificado”.
En la cantidad fijada para el Estado, la Sala entiende que el daño patrimonial es de 931 millones de euros, cantidad a la que suma un 30% por daño medioambiental, es decir, 279 millones de euros. A esta cifra hay que añadirle otro 30% por daño moral indemnizable, es decir, 363 millones de euros, lo que suma un total de 1.573 millones.
En cuanto a la Xunta se establece la indemnización en 1,8 millones por el coste del reciclaje de elementos contaminantes depositados en la Sociedade Galega de Refugallos Industriais (SOGARISA)
Parte de la indemnización proviene de la aseguradora The London Steamship Owners (The London P&I Club), en total 22’7 millones de euros que deberán distribuirse a prorrata de las cantidades fijadas en la resolución. En cuanto a los intereses, solo se exigirán desde la firmeza del auto notificado hoy. Frente a esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. [Víctor Martínez Alarte]
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