Un empresario de Ourense queda absuelto tras haber sido acusado por la joyería Tous de vender productos parecidos.

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La reciente sentencia del Juzgado de lo Penal nº1 de Ourense de 1 de febrero de 2018, ha declarado que un conocido joyero ourensano es inocente del delito contra la propiedad industrial sobre el que la marca Tous le acusaba, por comercializar joyas que tenían ciertas similitudes en cuanto al diseño.
 
El órgano jurisdiccional ha considerado que a diferencia de lo que sostenía la empresa catalana, los productos que vendía por toda España la firma ourensana “no son idénticos ni confundibles”. De hecho, la sentencia hace especial hincapié en dos productos, uno con forma de oso y otro con forma de niña, los cuales tienen diferencias evidentes con los de la empresa Tous, ya que, por ejemplo el oso “tiene los ojos alargados, mientras que el de Tous tiene puntos; y tiene boca, no un punto”. Las joyas que comercializaba la marca de Ourense procedían de una empresa cordobesa.
 
Concretamente, la joyería catalana reclamaba para el acusado 2 años de prisión y 24 meses de multa (a razón de una cuota diaria de 20 euros), además la empresa debía hacer frente a una multa que rondase entre el doble y el triple del beneficio obtenido por la venta de las joyas. En cuanto a responsabilidad civil, también exigía que el empresario ourensano y su grupo empresarial pagaran “por cada año que quedase acreditada la infracción”, el coste que tiene una licencia para vender los productos de Tous, a saber, 70.000 €.
 
Gonzalo Muñoz Rodrigo, Colaborador del IDIBE.
 
Fuente: Comunicación del Poder Judicial.
Acceder a la Comunicación y a la Sentencia
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