Las nuevas tecnologías contribuyen a una mayor autonomía de las personas con discapacidad y por tanto a una mayor adaptación e integración en nuestra sociedad.
Las Tecnologías de la Información y la Comunicación conforman el conjunto de recursos necesarios para manipular y/o gestionar la información: los ordenadores, los programas informáticos y las redes necesarias para convertirla, almacenarla, administrarla, transmitirla y encontrarla, esto es, herramientas y soportes que exponen, procesan, y almacenan la información. Su uso puede distinguirse con dos finalidades: para la búsqueda de información, o como medio de comunicación e interacción social
Los llamados “nuevos derechos sociales”, constituyen necesidades humanas básicas para una vida digna, se formulan en un contexto de cambio que exige una intervención urgente del Derecho para reconocerlos y aplicarlos y desgraciadamente con la aparición de Internet han surgido grandes desigualdades en el acceso a la información y manejo de las tecnologías, y se habla ya de “exclusión digital o brecha digital”, siendo una obligación social la lucha contra la desigualdad. Como fin de la Inclusión Digital debiera promoverse que la tecnología esté físicamente al alcance de tanta gente como sea posible y que la tecnología sea tan fácil de usar como sea posible.
La brecha digital, entendida como separación o desigualdad entre personas, comunidades o países que utilizan las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y aquellos otros que no tienen acceso a las mismas o que no saben cómo utilizarlas, es muy elevada, ocultando el conocimiento, y por ende el progreso de las personas. La tecnología es considerada una herramienta para el desarrollo de la sociedad y el avance económico que influye en nuestra rutina diaria y, además, contribuye a la mejora de sectores como la medicina, educación o entretenimiento, entre otros. Es necesario aportar soluciones a este problema con el fin de garantizar la plenitud del discapacitado y también del cuidador. Derecho a la información y a la comunicación y Derecho que se establece en relación con la Administración fomentando y promoviendo el acceso de los ciudadanos.
Los constantes avances de estas tecnologías facilitan el desarrollo económico y social. Su impacto se puede observar en el bienestar de las personas, ya que facilitan de manera muy importante las comunicaciones, mejoran la calidad y prestación de los servicios de educación que hacen posible el acceso a cualquier tipo de información que se encuentre en Internet, así como los servicios de salud, las gestiones administrativas, las actividades económicas y, en general, la vida cotidiana de personas, accediendo a mejores condiciones para diseñar y realizar sus vidas, haciendo extensible los estándares de calidad de vida de los que hoy en día sólo unos pocos gozan, y con los que muchos sueñan.
En la Declaración de Principios de Ginebra se recomienda a las partes el establecimiento de una infraestructura que tenga como elemento esencial la conectividad, teniendo a ésta como un factor indispensable en la construcción de la Sociedad de la Información.
Debemos resaltar la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, Norma derogada, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde su artículo 13 reconoce los Derechos de las personas (sin discriminación) en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Asimismo, de acuerdo con el informe “Report on the public consultation on European e-Inclusion Policy”, de 2009 (European Commission – Information Society and Media, 2009): “El acceso a la Sociedad de la Información es un derecho fundamental para que las personas mayores y las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en la Sociedad de la Información, de igual forma que el resto de sus conciudadanos. Las TIC representan una oportunidad real para combatir el aislamiento y la exclusión social. Juegan un papel crucial en la vida diaria de las personas con mayores y las personas con discapacidad, que las usan en mayor medida que la población general. Asimismo, las TIC facilitan el acceso a la educación, al trabajo y al entretenimiento. Permiten que los mayores sean incluidos en todas las secciones de la vida social».
Debe ser por tanto interés superior promover los avances de la investigación tecnológica y las necesidades prácticas de los discapacitados y los familiares cuidadores, a través del desarrollo de soluciones de comunicación y de información de fácil acceso a través de Internet. Potenciar la inclusión digital.
La utilización de las TIC puede ser muy útil para mejorar la calidad de vida, la atención y condiciones de las personas discapacitadas. La administración todavía no ha desarrollado plenamente, el cometido establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Público derogada por Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley señala imperativamente en su art. 1.2 que “las Administraciones Públicas utilizarán las tecnologías de la información de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, asegurando la disponibilidad, el acceso, la integridad, la autenticidad, la confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias”. Hay todavía algunos lugares, y por tanto personas perjudicadas, sin posibilidad ni acceso a las TIC, por lo que debiera establecerse puntos de acceso en lugares públicos, entidades, bibliotecas, administraciones, de carácter gratuito, con el fin de garantizar el acceso universal a la infraestructura y los servicios de la Sociedad de la Información, así como llevar a cabo la formación garantizada.
Es una exigencia brindar mayor información a los discapacitados, incluso sus cuidadores, en estas técnicas, tecnologías innovadoras, con el fin de acelerar el progreso económico y social, así como el bienestar de todas las personas, tanto a nivel individual como a nivel comunitario y social, garantizando su inclusión.
Pablo Tortajada Chardí, Director Departamento Jurídico Sebastia Abogados & Economistas
Correo electrónico: pablo@sebastia-abogados.com
Las Tecnologías de la Información y la Comunicación conforman el conjunto de recursos necesarios para manipular y/o gestionar la información: los ordenadores, los programas informáticos y las redes necesarias para convertirla, almacenarla, administrarla, transmitirla y encontrarla, esto es, herramientas y soportes que exponen, procesan, y almacenan la información. Su uso puede distinguirse con dos finalidades: para la búsqueda de información, o como medio de comunicación e interacción social
Los llamados “nuevos derechos sociales”, constituyen necesidades humanas básicas para una vida digna, se formulan en un contexto de cambio que exige una intervención urgente del Derecho para reconocerlos y aplicarlos y desgraciadamente con la aparición de Internet han surgido grandes desigualdades en el acceso a la información y manejo de las tecnologías, y se habla ya de “exclusión digital o brecha digital”, siendo una obligación social la lucha contra la desigualdad. Como fin de la Inclusión Digital debiera promoverse que la tecnología esté físicamente al alcance de tanta gente como sea posible y que la tecnología sea tan fácil de usar como sea posible.
La brecha digital, entendida como separación o desigualdad entre personas, comunidades o países que utilizan las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y aquellos otros que no tienen acceso a las mismas o que no saben cómo utilizarlas, es muy elevada, ocultando el conocimiento, y por ende el progreso de las personas. La tecnología es considerada una herramienta para el desarrollo de la sociedad y el avance económico que influye en nuestra rutina diaria y, además, contribuye a la mejora de sectores como la medicina, educación o entretenimiento, entre otros. Es necesario aportar soluciones a este problema con el fin de garantizar la plenitud del discapacitado y también del cuidador. Derecho a la información y a la comunicación y Derecho que se establece en relación con la Administración fomentando y promoviendo el acceso de los ciudadanos.
Los constantes avances de estas tecnologías facilitan el desarrollo económico y social. Su impacto se puede observar en el bienestar de las personas, ya que facilitan de manera muy importante las comunicaciones, mejoran la calidad y prestación de los servicios de educación que hacen posible el acceso a cualquier tipo de información que se encuentre en Internet, así como los servicios de salud, las gestiones administrativas, las actividades económicas y, en general, la vida cotidiana de personas, accediendo a mejores condiciones para diseñar y realizar sus vidas, haciendo extensible los estándares de calidad de vida de los que hoy en día sólo unos pocos gozan, y con los que muchos sueñan.
En la Declaración de Principios de Ginebra se recomienda a las partes el establecimiento de una infraestructura que tenga como elemento esencial la conectividad, teniendo a ésta como un factor indispensable en la construcción de la Sociedad de la Información.
Debemos resaltar la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, Norma derogada, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde su artículo 13 reconoce los Derechos de las personas (sin discriminación) en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Asimismo, de acuerdo con el informe “Report on the public consultation on European e-Inclusion Policy”, de 2009 (European Commission – Information Society and Media, 2009): “El acceso a la Sociedad de la Información es un derecho fundamental para que las personas mayores y las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en la Sociedad de la Información, de igual forma que el resto de sus conciudadanos. Las TIC representan una oportunidad real para combatir el aislamiento y la exclusión social. Juegan un papel crucial en la vida diaria de las personas con mayores y las personas con discapacidad, que las usan en mayor medida que la población general. Asimismo, las TIC facilitan el acceso a la educación, al trabajo y al entretenimiento. Permiten que los mayores sean incluidos en todas las secciones de la vida social».
Debe ser por tanto interés superior promover los avances de la investigación tecnológica y las necesidades prácticas de los discapacitados y los familiares cuidadores, a través del desarrollo de soluciones de comunicación y de información de fácil acceso a través de Internet. Potenciar la inclusión digital.
La utilización de las TIC puede ser muy útil para mejorar la calidad de vida, la atención y condiciones de las personas discapacitadas. La administración todavía no ha desarrollado plenamente, el cometido establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Público derogada por Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley señala imperativamente en su art. 1.2 que “las Administraciones Públicas utilizarán las tecnologías de la información de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, asegurando la disponibilidad, el acceso, la integridad, la autenticidad, la confidencialidad y la conservación de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias”. Hay todavía algunos lugares, y por tanto personas perjudicadas, sin posibilidad ni acceso a las TIC, por lo que debiera establecerse puntos de acceso en lugares públicos, entidades, bibliotecas, administraciones, de carácter gratuito, con el fin de garantizar el acceso universal a la infraestructura y los servicios de la Sociedad de la Información, así como llevar a cabo la formación garantizada.
Es una exigencia brindar mayor información a los discapacitados, incluso sus cuidadores, en estas técnicas, tecnologías innovadoras, con el fin de acelerar el progreso económico y social, así como el bienestar de todas las personas, tanto a nivel individual como a nivel comunitario y social, garantizando su inclusión.
Pablo Tortajada Chardí, Director Departamento Jurídico Sebastia Abogados & Economistas
Correo electrónico: pablo@sebastia-abogados.com